El ministro Aníbal Fernández explicó en Radio 10 que en caso de ser madre soltera hay tres alternativas: los apellidos de la mujer, el apellido de la madre y un apellido declarado de un ascendiente o un apellido común elegido por la persona
El proyecto que establece el uso obligatorio del doble apellido para los recién nacidos, denominado "Ley del Nombre", se encuentra cerca de ser sancionado al avanzar la Comisión de Legislación del Senado, en los acuerdos para conseguir el consenso necesario y así llegar al dictamen final.
El ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, Aníbal Fernández, mantuvo en las últimas horas reunión junto a legisladores de las diferentes bancadas, donde se acordó despejar dudas y clarificar el proyecto de ley.
El ministro Fernández destacó la importancia del uso del doble apellido, ya que entendió que, de esta manera, se facilitará la tarea de identificar a los recién nacidos, situación que evitará el tráfico de niños.
También hubo consenso respecto al tema que incumbe al hijo de la madre soltera, ya que con esta ley podrá llevar su apellido acompañado de otro que elija entre sus ascendientes de la línea materna.
Según explicó el funcionario "no será necesario presentar documentación, sólo será suficiente decir: yo declaro que mi abuela se llamaba Rodríguez, entonces mi hijo se llamará Fernández Rodríguez, y en caso de no tener ese dato, el segundo apellido será elegido por la persona".
Por último, también se llegaron a acuerdos para conseguir la eliminación de la preposición "de" en el apellido de los casados y que sea optativo para los cónyuges el uso del apellido de la otra persona.
El ministro agregó, en declaraciones al programa El Oro y el Moro, que el proyecto impulsado por el Ejecutivo nacional se tratará en días y se convertiría en Ley dentro de las dos próximas semanas.http://www.infobae.com